COMUNICADO OFICIAL: Situación autódromo de Balcarce

4 de junio 2026 Ante las publicaciones relacionadas con el J. M. Fangio de Balcarce, la CDA del ACA considera necesario hacer aclaraciones: El Automóvil Club Argentino es la Autoridad Deportiva Nacional (ASN) reconocida por la FIA y es el responsable de la aplicación de la reglamentación deportiva internacional y nacional en todas aquellas competencias desarrolladas bajo su jurisdicción. A solicitud de las autoridades municipales, el ACA convocó en el mes de abril de 2016 a la FIA para realizar una inspección integral del circuito, elaborando un informe que contenía observaciones, recomendaciones y requerimientos para adecuar el circuito a los estándares de seguridad aplicables a la actividad automovilística. La CDA no volvió a ser convocada para verificar la ejecución de las obras recomendadas, ni para realizar nuevas evaluaciones técnicas sobre el estado del circuito. Asimismo, la CDA no participó de las inspecciones que dieron lugar a la reciente habilitación provisoria otorgada por la COPAM, circunstancia que —entendemos— obedeció a una decisión de las autoridades municipales. En consecuencia, la CDA no ha intervenido en la evaluación de las obras ejecutadas con posterioridad al informe FIA (abril de 2016), ni ha efectuado verificaciones que permitan constatar el cumplimiento de las observaciones y recomendaciones allí formuladas. Por tal motivo, no habiendo participado de las inspecciones ni de los procedimientos que derivaron en tal habilitación, la CDA no puede ni debe emitir opinión técnica respecto del estado actual del circuito ni certificar el grado de adecuación de las obras realizadas. La presente aclaración tiene por objeto dejar establecido el alcance de la intervención de esta CDA en relación con el Autódromo J. M. Fangio de Balcarce y evitar interpretaciones que pudieran atribuir al ACA participación, supervisión técnica o conformidad respecto de actuaciones en las cuales no ha intervenido. En tal sentido, debemos transcribir textualmente las partes pertinentes del acta N.° 945 de la COPAM que se refieren al Autódromo de Balcarce: “9… Se deja expresamente establecido que la presente habilitación se refiere a las condiciones generales de infraestructura, seguridad y operatividad verificadas en el establecimiento, no implicando por sí misma pronunciamiento alguno respecto de la aptitud del circuito para categorías deportivas determinadas. En consecuencia, la utilización del autódromo para el desarrollo de competencias deportivas quedará sujeta a la intervención de las entidades fiscalizadoras competentes, las cuales deberán expedirse previamente respecto de la viabilidad, compatibilidad y homologación del circuito para las categorías o modalidades cuya realización se pretenda, acompañando a tal efecto el correspondiente informe técnico deportivo conforme sus reglamentos y competencias específicas. Por unanimidad, se aprueba el informe final elaborado por la subcomisión de control y se hace lugar a la recomendación formulada, otorgándose la habilitación provisoria en los términos precedentemente establecidos” (sic). Por lo dicho, el Automóvil Club Argentino y su CDA no autorizarán la realización de competencias en dicho escenario hasta tanto no se acredite el cumplimiento acabado de la inspección FIA antes mencionada. Comisión Deportiva Automovilística Automóvil Club Argentino